domingo, 12 de enero de 2014

ANTONIO MUÑOZ TORRADO - ÚLTIMOS DÍAS DE LA FERIA DE GUADITOCA - 22

     
      
            No podía quedar tal conducta sin la protesta sin la protesta de ésta, y envió al Ayuntamiento un largo escrito resumen de todo lo ocurrido desde 1784, obra de Donoso, su abogado, pidiendo a la vez, en 22 de Mayo el expediente incoado a instancias del difunto D. Juan Pedro de Ortega, y el cumplimiento de Reales órdenes sobre la feria. (D.ª María Teresa de Tena, viuda de D. Juan Pedro de Ortega y Toledo… Administradora perpetua titular por su fallecimiento y en representación de su hijo, y mío, D. Francisco Carlos de Ortega y Tena, del Santuario de Ntra. Sra. de Guaditoca, de este término… para los efectos que más haya lugar en derecho y sin perjuicio del recurso o recursos más favorables a dicho Santuario y al mejor desempeño y ejercicio libre de dicha Administración, que protesto en toda forma, digo: que viniendo puesto en costumbre, de tiempo inmemorial, hacer a dicha soberana Imagen el obsequio y culto de visitar su Ermita los tres días de Pascua de Pentecostés, o venida del Espíritu Santo, cada un año el vecindario de esta dicha villa y algunos otros de sus inmediaciones, y señaladamente las de Berlanga, Valverde y Aylllones con nombramiento de Mayordomos de sus Consejo o Hermandades, presentación de estandartes y convoy de asistentes, y celebrar en cada una de sus mañanas en el Altar de dicha Santa Imagen no sola la Misa de fundación o tabla de su capellán, sino otras muchas votivas, o arbitrarias, y hacer en la última tarde, una procesión solemne, con asistencia del Clero de la Parroquia mayor de esta, observándose en ella particulares usos y empeños, con diferentes ofrecimientos y pujas sobre preferencia en entrar en hombros las andas así de dicha Imagen como de su Niño, recogiéndose por el capellán o capellanes las limosnas que se hacen efectivas y razón de las que quedan en oferta, y pasándose prontamente todo a las manos y asiento del Administrador para su recaudación y custodia: y siendo: asímismo, originado del concurso de los muchos devotos y asistentes a estos cultos, concurrir asimismo varios feriantes y trajineros de las mismas y mayores distancias, no solo con vastimentos de primera necesidad, sino también con frutas verdes y secas, dulces y licores, y del mismo modo con tiendas de platería, ropas, quincallas y otras de bastante comercio y conducencia para la provisión de las casas, labores y herrería, que ocupan los muchos portales, que a este fin se han levantado, la placeta intermedia y el suelo de su circunferencia, con mesas y tablas del Santuario, y aun sin ellas, y bastante ganado asnal, mular, y caballar, cerril y domado, expuesto por las anchuras y vega inmediatas a su venta, cambio y libre comercio con sujeción a registros, despachos, exacción de derechos y registros de instrucción de que se sigue no pocos intereses a la parte de la Real Hacienda, en la venta y despacho de tabacos, y a esta villa y su vecindario en el aumento del ramo de Alcabalas y cientos y en el mayor consumo de las cuatro especies de Millones, aguardientes, etc, con cuyo respeto han subido los arriendos que anualmente se hacen de aquellas en esta villa y por cuadrienios de la última especie, además de las muchas limosnas que ceden a beneficio de aquel Santuario y su mayor ornato y culto, con que se propaga la devoción y otros particulares convenientes de este vecindario en el despacho de –varios géneros, surtido de otros y asistencia ala forastería: de todo ello ha resultado granjearse dicho concurso el nombre vulgar y común estimación de Feria de Guadalcanal por todo este país, y contornos de esta provincia y Reinos de Sevilla, Córdoba y Granada. Y habiendo en estas circunstancias tratado de tomar conocimiento y establecer algunas providencias el Juez antecesor a V.m. por la que dictó en 14 de Mayo del año pasado de ochenta y cinco, a motivo de haber asistido en el anterior en clase de convidado por el dicho mi consorte, recién llegado y posesionado en la vara, entre otras particulares, tocantes a la feria inmediata y asistencia y pago de su Audiencia, se reservó proveer y consultar lo conveniente a S.M. y señores de su Real y Superior Consejo de Castilla, sobre la tolerancia, o despedida de dicho concurso con reflexión, a faltar el privilegio de Feria y la superior aprobación que estimó ser necesaria para su continuación y otras que pudieron asistirle: Con cuyos motivos por parte de su Consejo Real de las Órdenes Militares, por pertenecer este territorio y la Administración que ejercía (y en el día represento yo) a la de Santiago exponiendo lo que tuvo por conveniente contra aquellas providencias por medio de su representación de 29 de Junio del mismo año, sobre que demandó informar con presencia de una copia de ella por orden de seis de Septiembre, comunicada por Secretaria, y habiéndose retardado el informe algún tiempo y divulgado que se intentaba trastornar o quitar la dicha feria, sin embargo de la costumbre inmemorial, se le comunicó segunda en doce de Mayo de ochenta y seis por la misma vía, recordándole el pronto despacho del informe decretado, y que entretanto no hiciese novedad en cuanto a la celebración de dicha feria: en cuya virtud y cumplimiento sentó varias providencias para la mayor instrucción del informe, antes y después de la que se celebró en aquel año;

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