viernes, 31 de agosto de 2012

NOTA ACLARATORIA SOBRE EL LIBRO DE "LA ENCAJERA"


A petición de la Familia de Dolores Moyano García y Guaditoca García Moyano a las cuales mentamos en la página 43 del libro de La Encajera, Vivencias de su familia, queremos realizar las siguientes aclaraciones:
En primer lugar pedir disculpas a la familia, por el dato erróneo que figura en el libro, sobre la joven de 16 años que fusilaron junto a su tía. Igualmente agradecer al nieto de Dolores Moyano García, Jose Antonio Uceda, la información facilitada que nos han permitido realizar la nota aclaratoria que ahora les facilitamos.
La verdadera historia de estas dos mujeres es que efectivamente las fusilaron en la madrugada del 27 de Agosto de 1936 y por el motivo que narramos en nuestro libro, pero la sobrina de Dolores, que no se llamaba Carmen sino Guaditoca, no estaba embarazada. El error se ha producido, ya que junto a ellas fueron también fusiladas por bordar una bandera, otras dos mujeres, Manuela y su nuera Dolores, ésta última embarazada de su primer hijo.
Ninguna de estas cuatro mujeres, ni sus familias, tenían las manos manchadas de sangre, sino que fueron víctimas al igual que otros muchos, de la sin razón de la Guerra Civil Española.

Reiterando nuestras disculpas, dejamos constancia de esta rectificación, rogando a los que hayan comprado el libro, anoten esta aclaración.

Rafael Rodríguez Jiménez - Ignacio Gómez Galván

MEMORIA DE GUADALCANAL - 79

Técnico redactor: Alfredo Linares Agüera 



DESARROLLO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES / SUELO URBANO
UNIDAD EJECUC

SUPERF.
SUELO LUCRAT.
RESIDEN.  INDUST.
SISTEMAS LOCALES
GRANDO ADQUISICIÓN FACULTADES

OBSERVA-

M2
M2
Nº VIV.

M2
Nº PAR
E. LIBR.
EQ
VIA-
RIO
PLAN
CES
EQU
URB
CIONES
1
4.004

22


440


X



PERI aprobación Definitiva 19-11-02
2
3.868

19


386







3
2.857











Reurbaniza-ción de plaza
4
9.162

41


1.816






PERI  en trámite
5
9.997

50


1.000


X
X
X
X
PERI aprobación definitiva
25-06-98
6
10.752

54


1.075







7
10.800

6


1.080


X



PERI aprobación definitiva
 09-03-04
8
4.100

20


410







9
2.132

11


213


X
X
X
X
PERI aprobación definitiva
29-07-99
10
3.100

15


310







11
3.586

18


358


X
X
X
X
PERI aprobación definitiva
24-04-02
12
2.136

11


213







13
12.800

41


1.280







14
19.000

0


1.900







15
10.241

0


0


X
X
X
X
Modificación NNSS Industrial Tres Picos
Total
100.105

308


9.599








DESARROLLO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES / SUELO APTO PARA URBANIZAR

ZONA

SUPERF.
SUELO LUCRAT.
RESIDEN.  INDUSTR.
SISTEMAS LOCALES
GRANDO ADQUISICIÓN FACULTADES

OBSERVA-
CIONES

M2
M2
Nº VIV.

M2
Nº PAR
E. LIBR.
EQ
VIA-
RIO
PLAN
CES
EQU
URB

A
27.700

121


2.770
1.452

X
X
X

PP Tres Picos aprob. definitiva
17-07-97
B
71.000

248


6.150
*





Sistemas generales 9.550 m2
*Sistemas locales según legislación urbanística
B
141.600

44


14.160
*





*Sistemas locales según legislación urbanística.
Planeamiento en gestión con Ayuntº.
TOTAL
240.300

413


23.080








C) VALORACIÓN DEL GRADO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES PREVISTAS EN LAS NNSS.
o)        Actuaciones en suelo urbano.
De las 15 Unidades de ejecución prevista en suelo urbano disponen de planeamiento de desarrollo con aprobación definitiva 6 de ellas, que suponen 40.760 m2 y 107 viviendas, es decir el 30,48 % del suelo con esto clasificación y el 40,71 % de las viviendas. De dichas Unidades solamente 4 han alcanzado el desarrollo completo en este momento cumpliendo las obligaciones de cesión, equidistribución y urbanización, el resto es recomendable esperar hasta el momento de redacción del documento de aprobación inicial para la decisión de si siguen su curso de desarrollo según las NNSS vigentes o procede la aplicación y régimen de derechos y obligaciones del nuevo PGOU.
Además de estas actuaciones, al Norte del sistema de espacios libres del recinto ferial estaba prevista una ampliación de unos 5.000 m2, pero no se establecía ningún mecanismo para la gestión de dicho suelo ni tampoco nos consta que durante la vigencia de las NNSS por el Ayuntamiento se haya adoptado ninguna medido para su adquisición, por lo que desde el nuevo PGOU se puede replantear la conveniencia o no de dicha ampliación así como el mecanismo de gestión más idóneo.
Respecto a las previsiones generales de las características de las Unidades es conveniente además la siguiente valoración:
-El conjunto de las Unidades de uso residencial suponen 70.864 rn2 y 308 viviendas, es decir una densidad media de 43,50 viv/ha, cifra claramente superior a la media actual del núcleo urbano evaluada en el apartado 4.2.2. en unas 36 viv/has, cifra que en el momento de redacción de las NNSS vigentes probablemente estaría en unas 30 viv/ha.