sábado, 13 de junio de 2009

LOS JUDÍOS DE GUADALCANAL DEL SIGLO XV - 7

LOS JUDÍOS CONVERSOS EN LA PROVINCIA DE LEÓN DEL MAESTRAZGO DE SANTIAGO Y EL OBISPADO DE BADAJOZ A FINALES DEL SIGLO XV


LUÍS GARRAIN VILLA.

Cronista Oficial de Llerena.

Desarrollar en este artículo los hechos históricos relacionados con los judíos, acaecidos en Llerena durante el siglo XV y principios del XVI, en la “Pequeña Atenas de Extremadura”, como la llamó don Antonio Rodríguez Moñíno, ocuparía bastante espacio y además ya han sido objeto de estudio en los XXV Coloquios Históricos de Extremadura en Trujillo, donde presente una ponencia con el titulo ALa Comunidad Judía de Llerena en el siglo XV@.
De la relación de judíos conversos que vamos a analizar se desprende un dato que contradice claramente la opinión de algunos historiadores al valorar el número de nuevos cristianos en territorios españoles tras la muerte de los Reyes Católicos. Me parecen muy cortas las cifras de judeoconversos residentes las que señalan aproximadamente 300.000, entre un 5 o un 6 por ciento de la población, y otros unos 100.000. Solamente tenemos que considerar que Llerena tiene en el año 1498 alrededor de 1.100 vecinos, y los procesados por los Inquisidores ascienden a 367, que suponen un 33'36 por ciento de la población.
En el documento que seguidamente vamos a sacar a la luz, conservado en el Archivo Nacional de Simancas,
[1] nos desvela con gran nitidez cuales fueron los lugares de residencia de la población hebrea convertida al cristianismo antes o después del decreto de expulsión.
El citado documento se compone de una relación de las personas conversas que fueron habilitadas por los Inquisidores de la Provincia de León del Maestrazgo de Santiago en el Obispado de Badajoz, a las que se les impusieron unas penas económicas para poder ser liberados de los hábitos impuestos por el Tribunal del Santo Oficio. Parece ser que la cantidad en números romanos que antecede al asiento, puede corresponder con valor que del patrimonio que cada converso tenía, y la última es el importe de la sanción económica.
Es de destacar que el dinero recaudado por los receptores, después de pagar sus salarios y los de los Inquisidores, los de los ministros y oficiales, los del Consejo de la Suprema Inquisición y los del Inquisidor General, que era el Prior de Santa Cruz, fueron destinados a la construcción en Granada del Monasterio de Santa Cruz la Real, de la Orden de Santo Domingo. Esta disposición fue aprobada en Medina del Campo el 25 de marzo de 1494 por el Consejo de la Inquisición.
[2]
Con este documento se aclaran ciertas situaciones contradictorias en relación con el fenómeno de la emigración a Indias.
Las autoridades de quienes dependían los otorgamientos de licencias para pasar al Nuevo Mundo, exigían a cada pasajero unas pruebas documentales y testificales con el fin de comprobar que no era persona de las prohibidas, es decir, buscada por la justicia o que tuviera ascendencia morisca o judía, exigiéndoles incluso a muchos la incoación de expedientes de pureza de sangre, es decir, que fueran cristianos viejos, con la aportación del consiguiente historial genealógico. Estos extremos están perfectamente recogidos en los libros de pasajeros que se custodian en el Archivo de Indias.
El resumen de personas habilitadas con el número de familiares, figura en el CUADRO I, y para su mejor localización en su respectivo lugar de origen he ido numerando sucesivamente los asientos que se practicaron para recoger en el CUADRO II las localidades en las que cada uno residía.
Las profesiones declaradas de cada judío a los Inquisidores se recogen en el CUADRO III.
Para concluir quiero expresar mi agradecimiento a mi buena amiga Pilar Ostos Salcedo, Profesora Titular de Paleografía Diplomática de la Universidad de Sevilla y miembro de la Comisión Internacional de Paleografía, por sus magníficos y profesionales consejos.

LUIS GARRAIN VILLA.
CRONISTA OFICIAL DE LLERENA.



Publicado en la Revista de Estudios Extremeños.
Año 1996, tomo LII, num. III, septiembre ‑ diciembre, págs. 773 a 846.






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[1] Mi admirado y buen amigo Julio Fernández Nieva, me ha puesto al corriente del estudio de este documento por parte de la historiadora María del Carmen Sanabria Sierra, en un primer trabajo con el título ALos judeoconversos de la Baja Extremadura a finales del siglo XV@ en la revista AEl Olivo@ en 1984, y posteriormente en el Congreso Internacional AJudíos en la Historia de España@ en Ciudad Real en el año 1987.
[2] A.G.S., Registro General del Sello, Medina del Campo, 25 de marzo de 1494. Fol. 369.

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