Técnico redactor: Alfredo Linares Agüera
5.1.3. LA CLASIFICACIÓN DEL
SUELO Y ACTUACIONES DE DESARROLLO.
La clasificación del suelo de las NNSS vigentes
se recoge en el Plano de Información i.18, indicándose en el mismo los Sectores
y Unidades que han tenido algún grado de desarrollo.
A) SUELO URBANO.
Las NNSS vigentes no diferencian en la
clasificación del suelo urbano entre consolidado y no consolidado, sino que de
acuerdo con el régimen transitorio de la ley 6/1998, debe de interpretarse
incluido en éste último el suelo correspondiente a las Unidades de Ejecución en
el suelo urbano clasificado por las NNSS.
Las NNSS vigentes no cuantifican (a superficie
de suelo urbano consolidado. De la medición sobre la interpretación realizada
en el Plano i.18 sobre la cartografía más reciente se deduce la cifra de 554.177 m2 .
En el artículo 27 de los Normas Urbanísticas
(NNUU) se cuantifican los parámetros de la mayor parte de las Unidades de
Ejecución en suelo urbano no consolidado. De la medición sobre el plano i.18
resulta una superficie total de 105,513 m2 . De dichas unidades, la UE n° 3 Rehabilitación de la Plaza Santa Ana, sobre
la que el artículo 21 de las NNUU no fija superficie hay que señalar que no es
en sentido propio una Unidad de Ejecución en la medida en la que no se
equidistribuirían cargas y beneficios, sino más bien un ámbito de
reurbanización. Por otra parte también hay que indicar que en el Plano de
Información i.18 se incorpora otra Unidad, la denominada "Zona Industrial
Tres Picos", con una superficie de 10.241 m2 , que no formaba
parte de las NNSS aprobadas en 1996, sino que se incorporaron mediante
Modificación aprobada con fecha 10-05-2002.
B) SUELO APTO PARA URBANIZAR.
Las NNSS vigentes contemplan tres zonas de
suelo apto para urbanizar, constituyendo cada una un área de reparto
diferenciada, que en conjunto suponen una superficie de 230.800 m2 .
C) RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS Y ESTADO DE
DESARROLLO.
En las tablas de las páginas siguientes se
resumen las características de cada ámbito y el grado de desarrollo alcanzado.
MODIFICACIÓN DE LAS
NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES
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NÚMERO
MODIFIC.
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APROBAC.
DEFINITIVA
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DENOMINACIÓN
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OBJETO
- OBSERVACIONES
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1
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Ap. Provis.
30-4-1997
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Modificación
del perímetro de
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No consta la
aprobación definitiva de la misma
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2
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13-12-1999
BOP 21-8-00
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Modificación
de los artículos 89 y 91 de las NNUU.
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-Modifica
artículo 91 para establecer una regulación más flexible de las edificaciones
en la franja de protección de cauces, adecuándola a lo establecido en
- Modifica
artículo 89 de NNUU para establecer una regulación más flexible de las
terminaciones de las fachadas en los edificios en SNU, permitiendo obras
propias del medio rural.
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3
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10-5-2002 BOP
22-7-02
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Modificación
para estable-cer nuevas alineaciones y vial paralelo al camino de San Benito,
colindante al Sector Tres Picos.
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Esta
modificación permite un mejor aprovecha-miento de esta zona mediante naves
adosadas.
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4
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13-01-2004
BOP:
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Modificación
de las condiciones de desarrollo de la UE-7
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Modificación
del artículo 27. Reduce el tamaño excluyendo zona consolidada y el número de
viviendas total pasa de
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