lunes, 27 de agosto de 2012

MEMORIA DE GUADALCANAL - 78

Técnico redactor: Alfredo Linares Agüera 


5.1.3. LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO Y ACTUACIONES DE DESARROLLO.
La clasificación del suelo de las NNSS vigentes se recoge en el Plano de Información i.18, indicándose en el mismo los Sectores y Unidades que han tenido algún grado de desarrollo.

A)        SUELO URBANO.
Las NNSS vigentes no diferencian en la clasificación del suelo urbano entre consolidado y no consolidado, sino que de acuerdo con el régimen transitorio de la ley 6/1998, debe de interpretarse incluido en éste último el suelo correspondiente a las Unidades de Ejecución en el suelo urbano clasificado por las NNSS.
Las NNSS vigentes no cuantifican (a superficie de suelo urbano consolidado. De la medición sobre la interpretación realizada en el Plano i.18 sobre la cartografía más reciente se deduce la cifra de 554.177 m2.
En el artículo 27 de los Normas Urbanísticas (NNUU) se cuantifican los parámetros de la mayor parte de las Unidades de Ejecución en suelo urbano no consolidado. De la medición sobre el plano i.18 resulta una superficie total de 105,513 m2. De dichas unidades, la UE n° 3 Rehabilitación de la Plaza Santa Ana, sobre la que el artículo 21 de las NNUU no fija superficie hay que señalar que no es en sentido propio una Unidad de Ejecución en la medida en la que no se equidistribuirían cargas y beneficios, sino más bien un ámbito de reurbanización. Por otra parte también hay que indicar que en el Plano de Información i.18 se incorpora otra Unidad, la denominada "Zona Industrial Tres Picos", con una superficie de 10.241 m2, que no formaba parte de las NNSS aprobadas en 1996, sino que se incorporaron mediante Modificación aprobada con fecha 10-05-2002­.

B)        SUELO APTO PARA URBANIZAR.
Las NNSS vigentes contemplan tres zonas de suelo apto para urbanizar, constituyendo cada una un área de reparto diferenciada, que en conjunto suponen una superficie de 230.800 m2.

C) RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS Y ESTADO DE DESARROLLO.
En las tablas de las páginas siguientes se resumen las características de cada ámbito y el grado de desarrollo alcanzado.
MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES
NÚMERO
MODIFIC.
APROBAC. DEFINITIVA

DENOMINACIÓN

OBJETO - OBSERVACIONES
1
Ap. Provis.
30-4-1997
Modificación del perímetro de la UE nº 5
No consta la aprobación definitiva de la misma
2
13-12-1999 BOP 21-8-00
Modificación de los artículos 89 y 91 de las NNUU.
-Modifica artículo 91 para establecer una regulación más flexible de las edificaciones en la franja de protección de cauces, adecuándola a lo establecido en la Legislación de Aguas.
- Modifica artículo 89 de NNUU para establecer una regulación más flexible de las terminaciones de las fachadas en los edificios en SNU, permitiendo obras propias del medio rural.
3
10-5-2002 BOP 22-7-02
Modificación para estable-cer nuevas alineaciones y vial paralelo al camino de San Benito, colindante al Sector Tres Picos.
Esta modificación permite un mejor aprovecha-miento de esta zona mediante naves adosadas.
4
13-01-2004 BOP:
Modificación de las condiciones de desarrollo de la UE-7
Modificación del artículo 27. Reduce el tamaño excluyendo zona consolidada y el número de viviendas total pasa de 37 a 16.

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