Continuación del libro editado por Miguel del Burgos en el año 1831, NOTICIA HISTÓRICA DOCUMENTADA DE LAS CÉLEBRES MINAS DE GUADALCANAL. Tomo I
(Se mantiene la ortografía de la época)
Pareceres que se mencionan en la carta anterior sobre que no se laven los metales, y otras cosas.
16 de junio de 1556
En el asiento de las minas que se benefician en el término dé la villa de Guadalcanal á diez dias del mes de junio de mil y quinientos y cincuenta y seis años, por mandado del ilustre señor don Francisco de Mendoza, á quien está cometido por S.M. lo tocante á las dichas minas é á las otras destos reinos, fue recibido juramento en forma de derecho de Martin de Molina fundidor y afinador de todos metales, vecino de la ciudad de Sevilla, so cargo del cual declaró ser de edad de cuarenta y cinco años, é fue preguntado si ha visto estas dichas minas que se benefician é labran en nombre de S.M., y el metal dellas y la manera de labrarlo, é fundirlo, é afinarlo, é qué es lo que le parece acerca de si se ha hecho é hace bien y á provecho: el cual dijo que el ha visto muy particularmente las dichas minas y el metal que dellas se saca, y la manera de labrarlo, é de fundirlo, é afinarlo, é todo lo demas que en ello se hace, porque este testigo por la navidad pasada estuvo en las dichas minas, y en la villa de Guadalcanal, donde entonces se afinaba el plomo plata de las dichas minas, é afinó hasta quinientos marcos Della poco mas ó menos, é asimismo agora lo ha visto otro vez de tres dias á esta parte, é que so cargo del juramento que hecho tiene, que en haberse fundido é fundirse el meetal de las dichas minas lavándolo, se ha perdido en todo lo que se ha fundido hasta agora al parecer deste testigo la cuarta parte de todo ello ó dende arriba, lo cual no se hoviera perdido si el dicho metal se fundiera sin lavarlo, porque al tiempo que lo lvan se lleba el agua mucha parte dello, que como dicho tiene será la cuarta parte ó dende arriba; é ha causado que como el dicho metal es rico y muy liviano, que mucha parte dello se hace lises, lo lleva el agua como su fuese harina: é que habiendo este testigo visto y entendido esto antes de la navidad pasada, dijo é ofreció muchas veces al contador Agustin de Zárate, administrador de las dichas minas que este testigo fundiria de valde todo el meetal que de las dichas minas le quisiesen dar, con que le diesen la plata que mas sacase, que los otros fundidores que entoces habia de Hornachos y de Azuaya que lavaban los metales, y que recibiria por peso otro tanto metal como á los otros se diese, por manera que ahorraba á S.M. todo lo que habian de dar para los jornaleros de las fundiciones y costas de los hornos que tambien los habia de hacer este testigo á su costa y las carbonillas, é para esto traía este testigo otros compañeros que ofrecian lo mismo, é que esto lo hacian á fin de fundir el dicho metal sin lavarlo, para ganar lo que veía que se perdia lavándolo, aunque no le dijeron al dicho contador la causa porque lo hacian, no embargante que le parece á este testigo haber dicho en aquel tiempo al dicho contador que se perdia en lavar dicho metal, é porque este testigo ensayó lo que se iba por el agua, é halló que tenia mas de á cinco reales por libra, é así aconsejó á unos mercaderes de Sevilla, que si les quisiesen vender los relaves de las dichas minas que los comprasen porque valian mucho, é que con fundirlo sin lavarlo se escusaba todo esto, porque no se llevaba nada el agua ni quedaban relaves, é se ganaria en ello la cuarta parte como dicho tiene, é ternia poca mas costa esto que lo otro por causa de lo que después es menester de gastar en fundir relaves, é que esto es verdad para el juramento que hizo, é firmólo de su nombre, leyósele este dicho, y ratificóse en él: encargósele á este testigo el secreto.- Juan de Molina.- Pasó ante mí.- Francisco Pantoja.
En dicho asiento de las minas de Guadalcanal á doce dias del mes de junio de mil é quinientos é cincuenta y seis años: por mandado del dicho señor don Francisco de Mendoza fue recibido juramento en forma de Diego Rodrigo Sanchez, vecino de Sevilla, oficial fundidor de todos metales, é declaró ser de edad de cuarenta años poco mas ó menos, é siendo preguntado cerca de lo susodicho dijo: que de cuatro dias á esta parte este testigo ha estado y está en estas minas de Guadalcanal, de que es administrador el contador Agustin de Zárate, ha visto los metales dellas, é la manera de lavarlos, é fundirlos, é afinarlos, é todo lo demas que para el beneficio dellas se hace; que este testigo como oficial del dicho oficio, le ha parecido ser necesario ver é que so cargo del juramento que hecho tiene, que á todo lo que se le alcanza como persona que ha que funde metales veinte y dos años poco mas ó menos, le parece que en haberse lavado y lavarse los metales que se ha sacado y sacan de las dichas minas, se ha perdido y pierde mucha parte del interes que se caria de las dichas minas, que al parecer deste testigo será la quinta parte lo que se ha perdido é pierde como mas ó menos, porque el metal es bueno y de calidad que se puede muy bien fundir sin lavarlo, é asi lo ha visto probar este testigo, y se funde muy bien sin lavarlo, é haciéndole ansi, se aprovecha toda la plata que tiene el metal, é no quedan lelabes, y si se hace la fundicion de una vez, é cuando se lava, ha visto este testigo que el agua se lleva mucho del dicho metal porque es delicado, é mucha de la plata que tiene muy nenuda y como agua, y asi se ven con el agua que se va de los dichos lavaderos estar entre la tierra que van por el lises de la dicha plata; y que aunque á este testigo le parece, y es asi que la fundicion por lavar será mas costosa que de lo lavado, el provecho sería mucho mayor, porque si tomasen del buen metal cien arrobas, sacarían dello al parecer deste testigo cuarenta marcos de plata mas no lavándolo que si lo lavasen, y á este testigo que han informado que el metal que hasta agora se ha lavado en las dichas minas, ha sido muy bueno, y en que puede haber habido la dicha pérdida, y que al parecer de este testigo la costa que tiene mas el fundir el metal por lavar que no lavándolo, será en cada cien arrobas cincuenta ó sesenta ducados, esto agora de presente, no tratando de los relabes que dejan del metal lavado; pero que habiéndose de aprovechar y beneficiar después los relabes de lo lavado, verná á tener la mesma costa ó casi lo por lavar, y todavía el provecho de lo por lavar será muy mayor, porque no se pierde nada de lo mucho que se pierde á los que lavan, lo cual es cosa muy notoria, é que si deste testigo fueran los dichos metales no lavaria como no haya alguno que tenga necesidad de lavarse como suele acaecer; pero si aquello lo envuelven con otro de lo bueno, se hará la misma fundición, é habrá el mismo provecho que dicho tiene de fundirlo sin lavarlo: e que lo que dicho tiene es la verdad para el juramento que hizo, é no lo firmó por que dijo que no lo sabia, é se leyó este dicho, y ratificóse en él.- Pasó ante mí.- Francisco Pantoja.
Está corregido con el original que pasó ante mí el dicho Francisco Pantoja, escribano de S.M. y de la comsion del señor don Francisco Mendoza, y en fé dello lo firmé de mi nombre.- Francisco Pantoja.
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