lunes, 15 de marzo de 2010

LAS MINAS DE PLATA DE GUADALCANAL - 164


Continuación del libro editado por Miguel del Burgos en el año 1831, NOTICIA HISTÓRICA DOCUMENTADA DE LAS CÉLEBRES MINAS DE GUADALCANAL. Tomo I

(Se mantiene la ortografía de la época)

Ya queda anteriormente hecha peticion de Diego Delgado, clérigo, vecino de Madrid, que por orden de don Francisco de Mendoza habia reconocido varias minas.- Continuando sus avisos en esta materia, dirigió al señor don Felipe Segundo las siguientes cartas, que contienen curiosas noticias.

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Cartas de Diego Delgado al señor don Felipe Segundo, dándole ciertos avisos de minas que habia descubierto en Zalamea, Aracena y Galaroza, y que convenia dar á partido á particulares el descubrimiento y labor de todas.
Secretaría de Estado.- Correspondencia de Castilla, núm. 124.
1 de febrero de 1557.
Tres cartas antes de ésta tengo escritas á V. M: por la via de Francisco de Almaguer, contador de S. M.; las dos desde las venas de Aracena, y la una desde Madrid, diciendo por ellas un parecer, y lo que conviene al servicio de V. M,. y provecho; y como yo fui proveido por don Francisco de Mendoza, para la villa y término de Zalamea, para ahondar una vena que descubrí en nombre de V. M., y visitase y buscase en los términos comarcanos, lo cual yo hice ansi en nombre de V. M., yo descúbrí en término de Zalamea una vena muy gruesa y de gran cantidad de metal, la cual vena sería dé gran provecho si se halla la manera como obraban los antiguos, porque de alli mesmo y de aquel metal se pagaban los tributos que España solia pagar á los romanos.
Ansimesmo descubrí otra vena en término de Aracena; ella será buena, tiene buen asiento, y dará metal presto y en cantidad: corresponde por quintal de tierra dos marcos y medio de plata. En término de Galaroza descubrí otra vena de gran metal: corresponde por quintal de tierra dos marcos. En este dicho término descubrí otra vena; será ménester ahondalla: estas cuatro venas, porque me parecieron que convenian á V. M., las dejé señaladas, sin otras muchas que via y descubria, las cuales no convenian á V. M. sino para particulares, que con labrallas ellos, V. M., sin poner un real, tiene provecho.
Ansi soy de parecer, como le he dado, que conviene á V. M. dar licencia para que todos busquen y labren; y acudan con sus partes á V. M., así como para mí está mandado, y es que cualquier persona de cualquier estado y condicion que sea, y vena ó venas tuviere y poseyere, que conforme al metal y provecho que la vena ó venas diere, que ansi sea asinada la parte que el descubridor hubiere de llevar, y por lo mesmo V. M.; y esto que sea visto y determinado por personas que entiendan el arte y beneficio de venas y metales, y porque no se quejen de V. M. que les hacen agravio, como lo dicen; y torno á decir que las personas que fueren puestas para los tales oficios que sean hábiles, y suficientes y de conciencia, porque hay muchos en España que dicen ser desaminadores y descubridores de metales, y no lo son porque, como dicho tengo á V. M. por otra carta, puestos en desamen cómo se conoce una vena , por qué piedra, y por qué tierra, y por qué color, y por qué diferencias de tierras, y por qué dispusiciones de ellas, y por qué yerbas, y en qué lugares y por qué razones, y de qué proceden todos géneros de metales; puestos en tales preguntas no lo sabe nadie ni me responden; y por eso digo que sean puestos los oficiales hábiles y no sean puestos por aficiones, porque ansi ellos no saben lo que se hacen, y el dinero y plata de V. M. lo paga.

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