Recopilación de Juan José Martínez
en vino, zumaque, machos cabrios y carneros regulan dos mil reales: A Don Herrera por comerciar en vino, zumaque tres mil reales: A Juan Muñoz por comerciar en aguardiente seiscientos reales a Pedro García por comerciar en zumaque trescientos reales a Francisco García por igual razón que el antecedente cien reales a Juan Calado por igual razón cien reales a Don Francisco Medina y Cejuela propietario por comerciar en aguardiente seiscientos reales a Don Pedro José de Cote propietario por comerciar en vino y aguardiente seiscientos reales a Tomas Vicente en aguardiente setecientos reales a Don Francisco Morales Cejuda propietario por comerciar en aguardiente trescientos reales a Don Francisco Jiménez Lucas Racuelo clérigo de menores por comerciar en vino y aguardiente cien reales a Don Luis Hidalgo clérigo de menores por comerciar en vino y aguardiente quinientos reales a Don Antonio de Ortega y Robles propietario por capellán del convento de religiosas dela
Concepción de la villa consideran de utilidad al año
doscientos y sesenta reales que tiene de salario a Don Cristóbal Riaño Calvo de
la Banda
propietario por capellán del convento de religiosas del Espíritu Santo de esta
villa consideran de utilidad al año cien reales que tiene de salario, hay dos
boticarios que lo son Don Antonio Montero propietario a que consideran de
utilidad al año dos mil doscientos reales y Miguel Guzmán a quien consideran de
utilidad al año tres mil reales. Hay dos mancebos de botica que lo son Alonso
de Montemayor y Larza y Joaquín Pineda que a cada uno consideran de utilidad al
año cuatrocientos cincuenta reales. Hay dos cirujanos que lo son Antonio Díaz a
quien regulan de utilidad al año trescientos reales y Fernando de Vargas a quien
consideran de utilidad al año cuatrocientos reales y nueve barberos sangradores
que lo son el referido Fernando de Vargas a quien regulan de utilidad al año
seiscientos reales: Pedro Vázquez a quien regulan seiscientos reales Miguel Vázquez
a quien regulan seiscientos reales José Pizarro a quien regulan seiscientos
reales: Manuel Núñez a quien regulan seiscientos reales: José Vázquez a quien
regulan trescientos reales Sebastian Delgado a quien regulan trescientos reales
Juan Bernal a quien regulan trescientos reales y Tomas Ruiz a quien regulan
trescientos reales un trucuelo que administra la (-----) de trucos de la cofradía
del Santísimo a quien regulan de utilidad al año mil trescientos veinte reales
que tiene de salario a Don Bernardo Pérez por trato de mercader consideran de
utilidad al año seis mil reales a Félix Martín por igual razón consideran de
utilidad al año cuatro mil reales a Francisco Rodríguez por el mismo trato
consideran mil cien reales Juan de Sevilla Recio por el mismo trato consideran
mil cien reales a Luis Francisco Pinto consideran de utilidad al año por el
mismo trato seiscientos reales. A Bartolomé Rodríguez por cajero de Don
Bernardo Pérez consideran de utilidad al año ochocientos reales a Fernando
Suárez por cajero de Félix Martín consideran de utilidad al año ochocientos
reales a Juan del Mármol por el trato de mercadería que tiene consideran de
utilidad al año mil cien reales a Antonio Díaz por el mismo trato consideran de
utilidad al año mil reales a Narciso del Mármol por igual trato consideran
ochocientas reales a José Cristóbal por igual trato consideran mil cien reales
a Francisco Rodríguez Merino por igual trato consideran de utilidad al año
quinientos reales a Baltasar González por igual trato quinientos reales a
Silvestre Cristóbal por igual trato consideran de utilidad al año quinientos
reales a Pedro López Mañero por el trato de recadero que tiene. Consideran de
utilidad al año mil doscientos reales a Francisco Narciso Álvarez por igual
trato consideran de utilidad al año doscientos reales a Magdalena Rodríguez
viuda por igual trato consideran de utilidad al cien reales a Feliciano
Martínez por igual trato consideran de utilidad al año doscientos reales a Juan
Baptista por igual trato consideran de utilidad trescientos y treinta reales a
Gonzalo González por igual trato consideran de utilidad al año doscientos
reales a Andrés González por igual trato consideran de utilidad al año
trescientos treinta reales a Juan Cairon Miguel Lozano, Manuel Alfonso y José
Ramos por igual trato de recatoneros, consideran a cada uno de utilidad al año
doscientos reales a Bartolomé Jiménez por igual trato de recatonero, consideran
de utilidad al año cuatrocientos reales y a Francisco Gómez por igual trato
consideran de utilidad al año trescientos reales a Miguel Lozano de Gálvez por
medidor del vino consideran de utilidad al año trescientos reales a Juan Mármol
por (-----) de las rentas (-------) consideran de utilidad al año seiscientos
cincuenta reales que tiene de salario a Lucas García por regir el reloj
consideran de utilidad al año ciento cincuenta reales que le da el concejo de
la villa a Santiago José de Acuña por mandadero del convento de religiosas de la Concepción de esta
villa consideran de utilidad al año cuatrocientos reales a Pedro Domínguez hijo
de Santiago Domínguez por mandadero del convento de religiosas de Santa Clara,
consideran de utilidad al año trescientos cincuenta reales a Juan de Toro por
mandadero del convento de religiosas de Espíritu Santo consideran de utilidad al
año cuatrocientos cincuenta reales a Fernando Álvarez por el trato de mesonero
regulan de utilidad al año mil cien reales a José García por igual trato
regulan de utilidad al año ochocientos reales a Manuel García por igual trato
consideran de utilidad al año setecientos reales a Pedro Romero por ser arriero
con una caballería mayor y dos menores consideran de utilidad al año mil ciento
cincuenta reales a Sebastian Galeón por ser arriero con una caballería mayor y
cinco menores consideran de utilidad al año mil setecientos cincuenta reales a
Tomas Arroyo por ser arriero con una caballería mayor y cuatro menores regulan
de utilidad al año mil quinientos cincuenta reales a Agustín Moya por ser
arriero con tres caballerías menores regulan de utilidad al año mil cien reales
a Diego Ruiz por ser arriero con una caballería mayor y seis menores regulan de
utilidad al año mil novecientos cincuenta reales a Diego García con una
caballería mayor y cuatro menores regulan de utilidad al año por el ejercicio
de la arriería mil quinientos cincuenta reales a Pedro Baceta por ser arriero
con una caballería mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil
setecientos cincuenta reales a Pedro Pérez por ser arriero con tres caballerías
menores regulan de utilidad al año, mil cien reales a Rodrigo Álvarez por ser
arriero con dos caballerías mayores y cinco menores regulan de utilidad al año
dos mil reales a Diego Ortiz Pinelo por ser arriero con una caballería mayor y
tres menores regulan de utilidad al año mil trescientos y cincuenta reales a
Francisco Espino por ser arriero con una caballería mayor y cinco menores
regulan de utilidad al año, mil setecientos cincuenta reales a Francisco
González por ser arriero con una caballería mayor y seis menores regulan de
utilidad al año mil novecientos cincuenta reales a José Romero por ser arriero
con dos caballerías mayores, y cuatro menores regulan de utilidad al año mil
ochocientos reales a Juan Ortiz por ser arriero con una caballería mayor y dos
menores regulan de utilidad al año mil ciento cincuenta reales a Juan Gómez por
ser arriero con una caballería mayor y tres menores regulan de utilidad al año
mil trescientos y cincuenta reales a Juan Marcial por ser arriero con una
caballería mayor y tres menores regulan de utilidad al año mil trescientos
cincuenta reales a Miguel Álvarez por ser arriero con tres caballerías mayores
y cinco menores regulan de utilidad al año dos mil doscientos cincuenta reales
a Pedro Rodríguez por ser arriero con tres caballerías menores regulan de utilidad
a la mil cien reales a Pedro García por ser arriero con una caballería mayor y
cinco menores regulan al año mil setecientos cincuenta reales a Cristóbal de
Burgos por ser arriero con una caballería mayor y cinco menores regulan de
utilidad al año mil setecientos cincuenta reales a Cristóbal Villate por ser
arriero con una caballería mayor y dos menores regulan de utilidad al año mil
ciento cincuenta reales a Juan Calado por ser arriero con dos caballerías
mayores y cinco menores regulan de utilidad al año dos mil reales a Baltasar
Viejo por ser arriero con cinco caballerías menores regulan de utilidad al año
mil quinientos reales a Cristóbal Muñoz por ser arrero con tres caballerías
mayores, y cuatro menores regulan de utilidad al año dos mil cincuenta reales a
Cristóbal Ortiz Pinelo por ser arriero con dos caballerías menores regulan de
utilidad al año novecientos reales a Cayetano de Heredia por ser arriero con
cinco caballerías menores regulan de utilidad al año mil quinientos reales a
Diego Álvarez por ser arriero con una caballería mayor y siete menores regulan
de utilidad al año dos mil ciento cincuenta reales a Francisco Cantero por ser
arriero con tres caballerías menores regulan de utilidad al año mil cien reales
a Francisco Silvestre Villate por ser arriero con seis caballerías menores
regulan de utilidad al año mil setecientos reales a José Gutiérrez Guisada por
ser arriero con una caballería mayor y cinco menores regulan de utilidad al año
mil setecientos cincuenta reales: A Antonio Cerezo por ser arriero con una
caballería mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos
cincuenta reales a Francisco Bayazo por ser arriero con cuatro caballerías
menores regulan de utilidad al año mil trescientos reales a Francisco (------)
por ser arriero con dos caballerías mayores y siete menores regulan de utilidad
al año dos mil cuatrocientos reales: A Francisco Lozano por ser arriero con dos
caballerías menores regulan de utilidad al año novecientos reales a Gregorio
Ruiz por ser arriero con una caballería mayor regulan de utilidad al año
setecientos cincuenta reales a Francisco Álvarez por ser arriero con dos
caballerías mayores y cinco menores regulan de utilidad el año dos mil reales a
Joaquín Gómez por ser arriero con una caballería mayor y cuatro menores regulan
de utilidad al año mil quinientos cincuenta reales a José del Rey por se
arriero con una caballería mayor y seis menores regulan de utilidad mil
novecientos cincuenta reales a Pedro López Manero por ser arriero con tres
caballerías menores regulan de utilidad al año mil cien reales a Luis Rodríguez
por ser arriero con una caballería mayor y cinco menores regulan de utilidad al
año mil setecientos cincuenta reales a José Márquez por ser arriero con cuatro
caballerías menores regulan de utilidad al año mil trescientos reales: A Tomas
de Espínola ser arriero con dos caballerías mayores y cinco menores regulan de
utilidad al año dos mil reales a Juan Lozano con una caballería y cinco menores
regulan de utilidad al año mil setecientas cincuenta reales: A Cristóbal Alva
es arriero por medio de un hijo con una caballería mayor y tres menores regulan
de utilidad al año mil trescientos cincuenta reales Don Francisco de Castilla y
Monsalve por comerciar en el ejercicio de la arriería por medio de un criado
con dos caballerías mayores y cuatro menores y le regulan de utilidad al año
mil trescientos reales a José Vázquez mil trescientos reales por ser arriero
por medio de un criado, o hijo con una caballería mayor y cuatro menores,
regulan de utilidad al año mil y cincuenta reales a Isabel Ortiz viuda por
en vino, zumaque, machos cabrios y carneros regulan dos mil reales: A Don Herrera por comerciar en vino, zumaque tres mil reales: A Juan Muñoz por comerciar en aguardiente seiscientos reales a Pedro García por comerciar en zumaque trescientos reales a Francisco García por igual razón que el antecedente cien reales a Juan Calado por igual razón cien reales a Don Francisco Medina y Cejuela propietario por comerciar en aguardiente seiscientos reales a Don Pedro José de Cote propietario por comerciar en vino y aguardiente seiscientos reales a Tomas Vicente en aguardiente setecientos reales a Don Francisco Morales Cejuda propietario por comerciar en aguardiente trescientos reales a Don Francisco Jiménez Lucas Racuelo clérigo de menores por comerciar en vino y aguardiente cien reales a Don Luis Hidalgo clérigo de menores por comerciar en vino y aguardiente quinientos reales a Don Antonio de Ortega y Robles propietario por capellán del convento de religiosas de
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