Manuel Maldonado Fernández
Revista Guadalcanal año 2012
IV.- LA HACIENDA CONCEJIL
DE LLERENA
El concejo de Llerena administró sus bienes concejiles con cierta
solvencia y desahogo hasta finales del XVI, a juzgar por las cuentas de los
caudales de propios recogidas en los libros de contabilidad que se custodian en
su archivo municipal[1].
En efecto, a finales de dicho siglo las deudas del concejo sumaban en total
sólo 20.670 reales. (unos 702.780 mrs., cargados con unos réditos de 52.700
mrs.), cantidad fácilmente asumible y suficientemente justificada si
consideramos la magnitud de la empresa asumida durante el XVI, como, por
ejemplo, las ayudas para la fundación y consolidación de los numerosos
conventos asentados en la ciudad, el reparo de las murallas, la construcción de
varias de sus puertas, el levantamiento de la magnífica torre de la Iglesia Mayor , el
ensanche de la plaza pública y la construcción de sus soportales[2],
así como la remodelación y ampliación de las casas del cabildo, sus anexos
(alhóndiga y carnicería), la cárcel pública, el pósito y la casa del peso de la
harina.
Sin embargo, ahora a
principios del XVII, tras el pago de los 330.000 rs. (30.000 ducados ó
11.220.000 mrs.) que costó el consumo de las cinco regidurías perpetuas[3],
la deuda se disparó, siendo necesario solicitar de S.M. (como administrador
perpetuo de la Orden
de Santiago) la oportuna autorización para pedirlos prestados a censo,
hipotecar los bienes concejiles como garantía del pago a los prestamistas, así
como otra para poner en arrendamiento la mayor parte de las tierras concejiles,
con la finalidad de afrontar con sus rentas los réditos o corridos e ir
rebajando el principal de la deuda[4]. Por lo que hemos podido documentarnos, S.M.
concedió la oportuna autorización, pero la hacienda concejil llerenense entró
en un crónico endeudamiento imposible de atajar, máxime cuando por las mismas
fechas aumentó considerablemente la ya elevada demanda fiscal[5]. Aún así,
en 1625, fecha en la que se cierra el Libro de los Propios que
utilizamos como referencia[6],
la deuda del concejo estaba en torno a 186.111 rs. (6.327.772 mrs.),
disparándose a mediados del XVII, de tal manera que a finales de dicho siglo
ascendía a 390.441 rs. (13.275.000 mrs., aunque por otras cuentas se estima que
debía por encima de los 18 millones de maravedíes), más una importante deuda
con la hacienda real situada por encima de 900.000 rs. (81.818 ducados o unos
30 millones de mrs., aunque la real
hacienda redujo la deuda a sólo 5,5 millones de mrs, es decir, 13.636 ducados ó
150.000 reales), aparte de tener empeñados los cuatro millares[7]
de la dehesa del Encinal[8].
[1] AMLl, leg. 478-3. Libro
de Propios (1601-25).
[2] CARRASCO GARCÍA, A. La
Plaza Mayor de
Llerena y otros estudios, Valdemoro, 1985.
[3] Hasta 1598 el concejo de Llerena se gobernaba por cinco
regidores perpetuos, es decir, cinco vecinos que habían comprado a perpetuidad
dicho oficio. En la fecha citada, los llerenenses tomaron la decisión de
consumir o comprar para el concejo esas cinco regidurías perpetuas, ejerciendo
el derecho de puja y tanteo sobre la mismas, operación que se consiguió tras el
pago de 30.000 ducados en favor de sus poseedores. De poco sirvió este
esfuerzo, pues en 1629 Felipe IV vendió 19 oficios de regidores perpetuos a sendos
llerenenses. Algo parecido ocurrió en Guadalcanal.
[4] Desconocemos cómo se afrontó la paga de 1599; sí
sabemos que la de 1600 se abordó con un préstamo cedido a censo por dos vecinos
de Sevilla, cuyo principal ascendía a 6.750.000 mrs., siendo 195.650 mrs. los
réditos o corridos que generaban anualmente. Para completar la tercera paga
hubo de establecer otro censo, en este caso con el clérigo López Ortiz, por un
principal de 544.000 mrs. Estos dos últimos censos se redimieron en 1601,
precisamente con los 7.575.000 mrs. cedidos por Rodrigo de Castilla en nombre
de Álvaro de Castilla. Más adelante, por las circunstancias ya descritas, en
1623 los derechos hipotecarios de este censo fueron cedidos al convento de las
concepcionistas de Guadalcanal. Mas información en MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “Crisis en la hacienda concejil de Llerena durante el
Antiguo Régimen”, en Actas de las VI
Jornadas de Historia, Llerena, 2005.
[5] Los Austria
del XVI hipotecaron al Estado. Los del XVII, sin liberarse de la situación anterior
y debido a la elevada presión fiscal que impusieron, también consiguieron
endeudar a los concejos, obligándoles a hipotecar sus bienes concejiles y
comunales. Es más, alguno de ellos, en aplicación de la Ley Concursal
promovida a instancia de sus acreedores, quedaron bajo la tutela de un
administrador judicial nombrado por la Real Chancillería
de Granada, como ocurrió en Azuaga, los Santos o en Rivera. Más datos en manuelmaldonadofernández.blogspot.com,
“Azuaga en el XVII”
[6] AMLl, leg. 478-3. Libro
de Propios (1601-25).
[7] En teoría, una cantidad de terreno capaz de mantener a
4.000 ovejas.
[8] El empeño suponía una situación administrativa menos
ventajosa para Llerena que la hipoteca, pues a cambio de una considerable
cantidad de dinero (unos 18 millones de mrs.) el concejo dejaba su uso y
explotación en manos de los empeñadores, sin que el cabildo interviniese para
nada en su gestión. Como es conocido, el empeño se hizo en favor de la obra pía
instituida por el capitán Diego Fernández Barba. Más información en MALDONADO
FERNÁNDEZ, M. “El capitán Diego Fernández Barba, un llerenense generoso del
XVIII”, en Revista de Feria y Fiestas,
Llerena, 1998.
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