lunes, 13 de octubre de 2014

MALCOCINADO (3 DE 5)

                   

                          Manuel Maldonado Fernández

     Respecto a la división provincial establecida en 1833 a instancias de Javier de Burgos, en realidad esta redistribución ya venía proponiéndose desde fechas anteriores. En efecto, los políticos de principios del XIX habían presentado sucesivos e improvisados planes de división territorial. El primero, tras una propuesta desarrollada entre 1801 y 1805, fue abordado en 1810 bajo el reinado afrancesado de José Bonaparte, contestado a continuación por otra iniciativa del gobierno constitucional de Cádiz en 1813, ambas sin tiempo para ponerse en práctica por cuestiones militares y políticas. Tampoco llegó a cuajar el intento liberal de 1822, ni el que se propuso en 1829 al amparo del Real Acuerdo de 22 de Marzo, aunque este último sirvió de base para el definitivo reparto de 1833.
          Ahondando algo más en esta cuestión, especialmente en lo que más nos atañe, el criterio de división interprovincial que venían utilizando se fundamentaba en los accidentes geográficos más notables (cordilleras y cuencas hidrográficas), buscando, además, una distribución equilibrada en los aspectos de superficie, riqueza y población, por encima de relaciones históricas[1], por lo que en todas las propuestas citadas se establecía que Guadalcanal-Malcocinado y otros pueblos santiaguistas (Azuaga, Fuente del Arco, Puebla del Maestre, Valverde, etc.) debían pasar a Andalucía.
        La división definitiva, tal como la conocimos antes de entrar en vigor la Constitución actual y el Estado de las Autonomías, empezó a forjarse en 1829 (Real Orden de 22 de Marzo). Días después de su publicación, acompañada de unos estudios cartográficos realizados en Madrid, la Real Orden fue remitida a la Audiencia de Cáceres para su ejecución, con la advertencia de que algunos aspectos puntuales quedaban abiertos a las sugerencias o reparos que allí pudieran establecer[2]. En lo que más nos atañe, en la Real Orden se contemplaba que ciertos pueblos de la zona más meridional de Extremadura debían quedar incluidos en la nueva provincia de Sevilla, como eran los casos de Azuaga y parte de su término, Fuente del Arco, Guadalcanal, parte del término de Montemolín, Puebla del Maestre y Valverde de Llerena; es decir, el límite entre ambas regiones venía determinado por el cambio de vertientes entre el Guadiana y el Guadalquivir.  Con esta finalidad, en Cáceres se nombró a don Juan Antonio Ortiz como comisionado para presidir los deslindes con la nueva provincia de Sevilla, recibiendo órdenes expresas de recoger la opinión de los pueblos extremeños que pusiesen algún reparo por pasar a depender de Andalucía.
     Según los datos recogidos por el Sr. Ortiz, los pueblos extremeños afectados por el cambio de provincia, salvo Guadalcanal, manifestaron su disconformidad, redactando el oportuno informe y asumiendo como propias las quejas de dichos pueblos, como igualmente fueron asumidas por la Real Audiencia de Extremadura. En realidad, aunque no tengamos constatación cierta, entre las máximas autoridades extremeñas y andaluzas debieron llegar a ciertos compromisos mínimos, consistentes en que Guadalcanal y su aldea de Malcocinado pasarían a la nueva provincia de Sevilla y Fregenal y su entorno a la de Badajoz, como así ocurrió, quedando el resto del territorio en la situación anterior[3].
     En la documentación que se localiza en el Archivo Municipal de Guadalcanal, apenas se recogen datos sobre este importante asunto. Es más, las pocas referencias localizadas al respecto nos inducen a pensar que las autoridades locales le dieron poca importancia.Así, en el pleno celebra­do el 6 de febrero de 1834 los oficiales guadalcanalenses acordaron dirigirse a los subdele­gados de fomento de las provincias de Sevilla y Badajoz, pidiendo que se pronunciaran ante las noticias aparecidas en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, donde se daba por hecho que Guadalcanal quedaba incorporado a la provincia de Sevilla. La respuesta llegó el 3 de octubre siguiente, recibiendo un oficio del jefe del político de la provincia de Sevilla, nombrando a los nuevos oficiales del Ayuntamiento en sustitu­ción de los nominados a primero de año desde Badajoz. En Guadalca­nal, ratificando la indiferencia considerada, se obedeció tal disposición, sin ningún comentario, ni celebra­cio­nes, ni descontentos especiales, seguramente porque la mayoría del vecindario estaba de acuerdo con incorporarse a Sevilla y a Andalucía. Al menos esto es lo que se deduce de lectura de las Actas Capitulares.



[1] BURGUEÑO ÁLVAREZ, J. Política de la España constitucional. La división provincial, Madrid, 1996.
[2] AHPC, Sec. Audiencia, legs. 572 y 376/ 1 y 2.
[3] MALDONADO FERNÁNDEZ, M. La villa santiaguista…, op. cit.

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