Continuación del libro editado por Miguel del Burgos en el año 1831, NOTICIA HISTÓRICA DOCUMENTADA DE LAS CÉLEBRES MINAS DE GUADALCANAL. Tomo I
(Se mantiene la ortografía de la época)
La carta que se escribió al licenciado Tejada, alcalde mayor de la Cuadra de Sevilla, para que viniese á Guadalcanal á entender en las negocios de las minas, se copia á continuación.
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Cédula para que el licenciado Juan de Tejada, alcalde de la cuadra de Sevilla, vaya en calidad de juez á las minas, para los objetos que se expresan.
Contadurías generales, núm. 3072.
31 de Diciembre de 1555
EL REY.- Licenciado Tejada, alcalde mayor de la audiencia de la cuadra de la ciudad de Sevilla. Por las provisiones que os enviará con esta Agustin de Zárate, mi criado, que está en Guadalcanal por mi mandado entendiendo en dar recabdo á las minas que allí se han hallado, vereis lo que se os comete tocante á ellas; y por ser cosa de que agora se tiene mucha cuenta para socorro de algunas necesidades y que conviene mirar por ello y castigar á los que hubieren delinquido, os mando que luego que recibais el despacho os desocupeis de todo lo que ahí tuviéredes que hacer, y vais á entender en ello y lo hagais conforme á las dichas comisiones con la mas brevedad que ser pueda, y proveeréis como los vecinos de Guadalcanal hagan todo buen tratamiento al dicho Agustin de Zárate, y á los alemanes y otras personas que trabajaren en las dichas Minas, y que les den por sus dineros los mantenimientos necesarios y posadas, de manera que el dicho Agustin de Zárate y los que entendieren en dar recaudo á aquella hacienda, tengan allí el favor que se requiere y no sean molestados, y avisarme heis de todo lo que hiciéredes y proveyéredes. De Valladolid último dia del mes de diciembre de mil y quinientos y cincuenta y cinco años. La Princesa.- Por mandado de S.M., su Alteza en su nombre. Juan Vazquez.- Señalada de los del consejo de la hacienda de S.M.
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La Provision de que se hace mérito en la Real Cédula antecedente le saba jurisdiccion al licenciado Tejada por término de treinta días para los negocios que quedan indicados.
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NOTA. El abate Masdeu, en el tomo 1º de su Historia Crítica de España, al fólio 21, refutando la opinión de Montesquieu, que se inclina á creer que no hay en España las abundantes minas de plata que se suponen, entre otras citas y argumentos de que se vale, dice así: “Se pueden leer dos cartas auténticas referidas del escritor citado (P. Juan de Pineda, Salomón previus, sive de rebus Salominis Regis, libri octo: lib. 4, cap, 15, ácia el fin, pag. 199) con fecha de 17 de julio de 1607, una de don Juan de Tejada, consejero del supremo consejo, caballero deunos ochenta años de edad, quien sirvió á la corona en negocios importantes por espacio de sesenta ños: otra de su hijo don Francisco Tejada consejero de Indias, á quien el Rey habia dado la comision de visitar y examinar las minas de España, como lo ejecutó por aquellos tiempos. El primero afirma en su carta que, habiendo visitado de orden de Cárlos V en 1556, la mina de plata de Guadalcanal, la encontró, no solo por experiencias repetidas que él mismo hizo, mas por testimonio de hombres peritísimos en el arte metálica y mineral, una de las mas fecundas y ricas de cuantas hasta entonces se conocian en el mundo”. No se halla en los libros del gobierno que á don Juan de Tejada se le hubiese dado cargo de visitar las minas, pero habiéndosele comisionado para los efectos que indica la Real cédula anterior, no es estraño que se informase y tomase conocimientos exactos de la fecundidad y riqueza de ellas. Si el erudito Madeu hubiera tenido noticia de los documentos que ahora se publica, ¿con cuanta mayor fuerza hubiera combatido á los escritores que impugna?
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Cédula para que el licenciado Juan de Tejada, alcalde de la cuadra de Sevilla, vaya en calidad de juez á las minas, para los objetos que se expresan.
Contadurías generales, núm. 3072.
31 de Diciembre de 1555
EL REY.- Licenciado Tejada, alcalde mayor de la audiencia de la cuadra de la ciudad de Sevilla. Por las provisiones que os enviará con esta Agustin de Zárate, mi criado, que está en Guadalcanal por mi mandado entendiendo en dar recabdo á las minas que allí se han hallado, vereis lo que se os comete tocante á ellas; y por ser cosa de que agora se tiene mucha cuenta para socorro de algunas necesidades y que conviene mirar por ello y castigar á los que hubieren delinquido, os mando que luego que recibais el despacho os desocupeis de todo lo que ahí tuviéredes que hacer, y vais á entender en ello y lo hagais conforme á las dichas comisiones con la mas brevedad que ser pueda, y proveeréis como los vecinos de Guadalcanal hagan todo buen tratamiento al dicho Agustin de Zárate, y á los alemanes y otras personas que trabajaren en las dichas Minas, y que les den por sus dineros los mantenimientos necesarios y posadas, de manera que el dicho Agustin de Zárate y los que entendieren en dar recaudo á aquella hacienda, tengan allí el favor que se requiere y no sean molestados, y avisarme heis de todo lo que hiciéredes y proveyéredes. De Valladolid último dia del mes de diciembre de mil y quinientos y cincuenta y cinco años. La Princesa.- Por mandado de S.M., su Alteza en su nombre. Juan Vazquez.- Señalada de los del consejo de la hacienda de S.M.
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La Provision de que se hace mérito en la Real Cédula antecedente le saba jurisdiccion al licenciado Tejada por término de treinta días para los negocios que quedan indicados.
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NOTA. El abate Masdeu, en el tomo 1º de su Historia Crítica de España, al fólio 21, refutando la opinión de Montesquieu, que se inclina á creer que no hay en España las abundantes minas de plata que se suponen, entre otras citas y argumentos de que se vale, dice así: “Se pueden leer dos cartas auténticas referidas del escritor citado (P. Juan de Pineda, Salomón previus, sive de rebus Salominis Regis, libri octo: lib. 4, cap, 15, ácia el fin, pag. 199) con fecha de 17 de julio de 1607, una de don Juan de Tejada, consejero del supremo consejo, caballero deunos ochenta años de edad, quien sirvió á la corona en negocios importantes por espacio de sesenta ños: otra de su hijo don Francisco Tejada consejero de Indias, á quien el Rey habia dado la comision de visitar y examinar las minas de España, como lo ejecutó por aquellos tiempos. El primero afirma en su carta que, habiendo visitado de orden de Cárlos V en 1556, la mina de plata de Guadalcanal, la encontró, no solo por experiencias repetidas que él mismo hizo, mas por testimonio de hombres peritísimos en el arte metálica y mineral, una de las mas fecundas y ricas de cuantas hasta entonces se conocian en el mundo”. No se halla en los libros del gobierno que á don Juan de Tejada se le hubiese dado cargo de visitar las minas, pero habiéndosele comisionado para los efectos que indica la Real cédula anterior, no es estraño que se informase y tomase conocimientos exactos de la fecundidad y riqueza de ellas. Si el erudito Madeu hubiera tenido noticia de los documentos que ahora se publica, ¿con cuanta mayor fuerza hubiera combatido á los escritores que impugna?
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